miércoles, 28 de enero de 2015

Apuntes histórico-cronológicos sobre Calañas (XII)



Papel de Calañas en la lucha antihumista:
 
26-9-1.886. Pleno Municipal bajo la Presidencia del Alcalde Don Bartolomé Ramírez Vélez en el que se atiende el expediente incoado a petición del vecindario en fecha 18 de marzo anterior, sobre la supresión de las calcinaciones al aire libre que las empresas mineras venían ejecutado para la obtención de sus productos. En éste Pleno se dan a conocer los informes de los Ingenieros Agrónomos de Sevilla Don José Torres Pardo y don Eduardo Noriega Abascal (nombrados por el Ayuntamiento). Después de meditar sobre las consideraciones científicas expuestas por la Junta de Sanidad de la villa, y en particular por el profesor médico titular de la misma don Juan Vélez Chaparro, coincidentes con las tesis de los Agrónomos, llegan a la conclusión que no sólo es la agricultura la que sufre grandes perjuicios con las emanaciones sulfurosas, sino la propia vida orgánica del ser y la vida intelectual, estando expuestas a peligrosas influencias que ocasionan enfermedades de larga duración y reducen la longevidad, como así lo demuestran los datos estadísticos de los tres últimos años. Se acuerda por unanimidad: “que conforme al dictamen del Sr Regidor Síndico Don Pedro Pérez López que se haga saber a todas las Empresas mineras enclavadas en ésta Villa que esplotan sus minerales por medio de calcinaciones al aire libre que se abstengan de hacerlo en lo sucesivo en la forma que hoy lo verifican causando los daños que hasta el presente se vienen lamentando; pudiendo sin embargo emplear el medio que estimen mas conveniente a llevar sus fines sin perjuicios del vecindario, bien entendido que de no hacerlo así, el Ayuntamiento en cumplimiento de sus obligaciones procederá por su propia autoridad y con el auxilio que las leyes le dispensan a extinguir el foco de repetidos males y daños a espensas de las referidas Empresas, para lo cual le concede un plazo de treinta días dentro del cual procederán a apagar las calcinaciones existentes prohibiéndose en lo sucesivo en este termino municipal procedimiento tan reprobado por la opinión, la conveniencia, la salud y las leyes.”

                     


                                             

28-10-1.886. El Sr Gobernador Don Jacobo Sales, tras audiencia del representante de la Sociedad Minera Tharsis, decreta la suspensión del acuerdo municipal de Calañas, siendo éste decreto recurrido por 11 vecinos de Calañas y el Gobernador no eleva al Ministerio el correspondiente escrito de queja. El Ministro de la Gobernación, don José Luis Albareda, requiere el expediente al Gobierno Civil de la provincia y decreta la siguiente Real Orden: “S.M. el Rey, y en su nombre la Reina Regente del Reino, de conformidad con la mayoría del Consejo de Estado en pleno, se ha dignado dejar sin efecto, por haber sido dictada con incompetencia, la resolución de ese Gobierno de provincia de fecha 28 de Octubre de 1.886, que suspendió el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de Calañas.” De Real Orden lo digo a V.S. para su conocimiento y efectos correspondientes. Dios guarde a V.S. muchos años. Madrid 16 de diciembre de 1.887.” (Gaceta de Madrid núm. 351 del 17 de diciembre de 1.887) 


26-12-1.886. en el Pleno Municipal de Calañas se toma el acuerdo  que dice: “en virtud de la pregunta dirigida sobre calcinaciones al Excmo Sr. Ministro de Fomento en una de las sesiones del Congreso por el Sr. Diputado por Aracena don Juan Talero y González, el Ayuntamiento por unanimidad acordó dirigirle un voto de gracias como testimonio de su agradecimiento por la iniciativa que tomara en una cuestión que tanto afecta a los intereses locales de ésta Provincia.”


20-12-1.887. Se conoce la Real Orden del 16 de diciembre y se pide asesoramiento para futuras actuaciones al letrado de Villanueva de los Castillejos Don Fernando Sánchez Gómez.

4-2-1.888. Se producen en Riotinto los gravísimos acontecimientos que arrojarían la cantidad de 45 muertos.


1-3-1.888. en la Gaceta de Madrid del 1 de marzo aparece el Real Decreto propuesto por el Ministro de la Gobernación, y sancionado por la Reina María Cristina, por el que se ordena lo siguiente: “Artº 1º.- Quedan prohibidas las calcinaciones al aire libre de los minerales sulfurosos. Artº 3º.- Dichas fábricas reducirán gradualmente l número de toneladas de mineral que calcinan hoy al aire libre, según estadísticas oficiales, en la siguiente forma: desde el día 1º de enero de 1.889, en una cuarta parte; desde el día 1º de enero de 1.890, en una mitad de lo que hoy calcinan; desde el día 1º de enero de 1.891 no se permitirá calcinar minerales sulfurosos por el procedimiento que prohibe el presente decreto.”

        En las Sesiones del Ayuntamiento de Calañas de los días 20 de febrero y 2 de marzo de 1.888, se llega a pedir el procesamiento del Director de la empresa de la mina de Sotiel, Don Lorenzo Malleyro por desacato a las disposiciones legales gubernativas y municipales al volver a encender nuevas teleras.